La Intervención en el Juicio Oral​

Facultad: Psicología
Maestría: Psicología Forense y Peritaje Psicológico
Materia: Evaluación Psicológica a niños y adolescentes víctimas de agresiones sexuales

La Intervención en el Juicio Oral​

  • Por el Principio de Inmediación Jurídica, todo medio de prueba utilizado en la fase de instrucción debe ser reproducido en la vista oral, por tanto, el peritaje no tiene validez probatoria si no es reproducido en la vista, es por ello que el perito es llamado al juicio oral.​
  • El acto de ratificación tiene lugar ante el órgano que juzga la causa, y es habitual que el perito entre en último lugar, después de declarar los acusados, testigos y/o víctimas. En el proceso de ratificación, el presidente del tribunal solicita el juramento o promesa de desempeñar bien y fielmente/fidedignamente el cargo de perito, para a continuación someterse a las preguntas que por orden le formulen el Ministerio Fiscal, la acusación particular y la defensa.​
  •  El Tribunal, asimismo, podrá interrogar al perito con el objeto de aclarar algún punto de su informe o de su intervención. Las respuestas de los peritos son consideradas como parte del informe​
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